La trampa del laicismo

Felipe Criollo

En sentencia T-124 del presente año, la Corte Constitucional confirma lo que siempre se ha dicho: que el laicismo es una trampa. Una trampa en que sólo pueden caer incautos. Ante esta decisión, nuestros democristianos contemporáneos argüirán, quizá, que ella va contra el principio de libertad de cultos al restringirle a Marta Lucía Ramírez una expresión: el encomendar nuestro país a la Virgen de Fátima.

Lo que desconocen es que el laicismo, o la «neutralidad del Estado» por cómo es nombrada en la sentencia, lleva implícito el desconocimiento de la Religión y su posterior deslegitimación para actuar en la vida pública. La Corte Constitucional no ha caído en yerro alguno en su interpretación, siempre que esta se ajusta a la Constitución del 91: la igualdad entre las confesiones e iglesias (rebajar a la Iglesia a una entre tantas), la libertad de conciencia y de cultos (libertad de error), el libre desarrollo de la personalidad (libertad negativa) y el principio de laicidad.

El laicismo dentro de un Estado social de derecho (es decir, un Estado moderno) va a implicar siempre un desconocimiento de la Iglesia. Algunos son de la opinión que la Constitución buscó plasmar, en realidad, un Estado aconfesional al no acoger una religión como propia y no obstante tener a la Religión Católica en una posición destacada a través del Concordato de 1973. Sin embargo, esto no se sostiene bajo el entramado constitucional actual: el laicismo ha sido reconocido y, en el afán quimérico que le imprime su esencia revolucionaria, convertido en ateísmo militante.

El fenómeno del laicismo cae en un ateísmo práctico, tal como lo menciona el Pbro. J. Rafael Faria en el Tomo III de su Curso de filosofía. Es un ateísmo práctico siempre que aparta a Dios de la vida pública.

Unos van más allá, como Gómez Dávila en su sexto ensayo de Textos I al hablar de las tesis de toda ideología democrática. Una, y la que viene al caso, es la del ateísmo patético: «La democracia no es atea, porque haya comprobado la irrealidad de Dios, sino porque necesita rigurosamente que Dios no exista». Este ateísmo patético es, en últimas, la teología del hombre-dios; el hombre que ansía una inmanencia divina y busca conseguirla a través de dictarse sus propias normas.

A estas alturas, ya deberíamos saber que no está en el deseo de los jueces de la Corte Constitucional respetar los verdaderos fundamentos de nuestro país: la Religión y el carácter hispánico. La Corte Constitucional, recordemos, es una institución que emana de un ordenamiento superior que no se pensó para nosotros. La Constitución, por su naturaleza, busca suprimir lo que somos: católicos e hispanos.

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s